- El solicitante principal debe acreditar el 400 % del IPREM, de acuerdo con el importe vigente en el momento de la solicitud, incluyendo las actualizaciones o incrementos que del referido índice apruebe el Gobierno.
- En términos orientativos, y conforme a los valores actualmente en vigor, esta cuantía equivale aproximadamente a 28.800 euros anuales, sin perjuicio de las actualizaciones del IPREM y de los criterios específicos que pueda aplicar cada consulado.
- Por cada familiar adicional, se exige el 100 % del IPREM vigente, lo que equivale actualmente a unos 7.200 euros anuales por persona, sujeto igualmente a las revisiones oficiales del índice.
- Se puede acreditar mediante extractos bancarios, certificados de saldo, inversiones, contratos de arrendamiento u otras fuentes regulares de ingreso.