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Visado de Teletrabajador Internacional (Nómada Digital en España)

El visado de teletrabajador internacional en España, conocido como visado nómada digital, es una de las vías más atractivas para que profesionales extranjeros puedan residir en España mientras trabajan de forma remota para empresas situadas fuera del país. Esta figura legal, introducida en la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley de Startups), responde a la creciente demanda global de movilidad internacional y teletrabajo.

Se trata de un permiso dirigido a profesionales cualificados, consultores, programadores, creativos digitales, traductores, diseñadores, expertos en marketing y freelancers internacionales, que desean establecerse en España manteniendo su relación laboral o profesional con clientes o empleadores extranjeros. También resulta de interés para empresas extranjeras y españolas, que pueden incorporar talento remoto de forma legal y segura, asegurando el cumplimiento de la normativa migratoria y fiscal.

¿Qué es?

El visado de teletrabajador internacional es una autorización de residencia temporal que permite a ciudadanos de terceros países vivir en España mientras trabajan a distancia para empresas no establecidas en el país.
A diferencia de otros permisos, este visado está diseñado para profesionales que generan ingresos desde el extranjero, sin necesidad de integrarse en el mercado laboral español de manera directa.
Se concede inicialmente por 1 año, con posibilidad de convertirse en autorización de residencia de hasta 3 años renovables. Tras 5 años, puede solicitarse la residencia de larga duración en España.

¿A quién va dirigida?

Teletrabajadores internacionales

Empleados contratados por empresas extranjeras que trabajan en remoto.

Freelancers globales

Profesionales independientes con cartera de clientes en el extranjero.

Consultores digitales y tecnológicos

Expertos en IT, ciberseguridad, desarrollo web o transformación digital.

Profesionales creativos

Diseñadores, redactores, traductores o especialistas en marketing y comunicación.

Empresas extranjeras que desean legalizar la estancia de sus trabajadores desplazados en España.

Requisitos principales para solicitar este visado

1. Relación laboral o profesional con una empresa extranjera

De al menos 3 meses.

2. Titulación universitaria, formación profesional especializada o experiencia acreditada

De al menos 3 años.

3. Acreditación de ingresos suficientes

Se exige disponer de medios económicos equivalentes al 200 % del IPREM para el solicitante principal, más un 75 % adicional por el primer familiar acompañante y un 25 % por los siguientes.
Ejemplo 2025: con un IPREM anual aproximado de 7.200 €, el solicitante deberá acreditar 14.400 € anuales y por cada familiar, entre 5.400 € y 1.800 € adicionales según corresponda.

4. Contar con un seguro médico

Debe ser válido en España.

5. Carecer de antecedentes penales en España

También debe carecer de antecedentes penales en los países de residencia en los últimos 5 años.

Documentación necesaria

- Formulario oficial de solicitud.
- Pasaporte completo y en vigor.
- Contrato laboral con empresa extranjera o prueba de relación profesional continuada.
- Justificación de experiencia o titulación profesional.
- Certificados bancarios o nóminas que acrediten ingresos.
- Seguro médico privado válido en España.
- Certificado de antecedentes penales legalizado/apostillado.
- Prueba de domicilio en España (contrato de arrendamiento o título de propiedad).

Preguntas Frecuentes

¿Puedo trabajar para clientes en España con este visado?

Sí, se admite hasta un 20 % de facturación proveniente de clientes españoles.

Al menos 14.400 € anuales en 2025 (200 % IPREM), más porcentajes adicionales por familiares.

Sí, con reagrupación familiar inmediata.

En el consulado español o en la Unidad de Grandes Empresas (UGE-CE).

20 días hábiles, con silencio administrativo positivo.

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